jueves, 31 de mayo de 2012

Golborne y el agua de Minera Candelaria


Desde que el 7 de mayo de 2012 el Ministro Laurence Golborne y Compañía Contractual Minera Candelaria (CCM Candelaria) firmaran un acuerdo para el uso de ciertos derechos de agua de dicha compañía, el Ministro Golborne no se ha cansado de relatar cómo él resolvió el problema del agua en Copiapó. La necesidad de realizar anuncios por parte del precandidato presidencial de la UDI es tan evidente, y en este blog hemos presentado muchos ejemplos, que en este post solo contribuiremos con una gota de agua a ese vaso ya rebalsado de fotos y cámaras (sugerimos leer La Carrera presidencial de Golborne a cuenta del MOP, excelente nota del diario electrónico diario El Mostrador en link). 

En este post le contaremos el detalle del acuerdo firmado entre el MOP y la Minera, y además presentaremos algunos antecedentes del contexto en que se produjo ese acuerdo para que cada uno saque sus propias conclusiones respecto de la oportunidad del anuncio del Ministro y el objetivo del mismo.



El 8 de mayo de 2012 haciendo uso de la Ley de Transparencia solicitamos lo siguiente:

En su edición de hoy 8 de mayo de 2012 el Diario Financiero informa de la firma de un acuerdo entre Minera Candelaria y el MOP, solicito copia digital de ese acuerdo y su expediente íntegro.

La razón de pedir el expediente íntegro tenía relación con la posibilidad cierta de que el acuerdo firmado, y anunciado ampliamente, fuera solo un acuerdo previo que requiriera de trámites posteriores hasta que la solución realmente se concrete. Le mostraremos que nuestra presunción resultó cierta.

La respuesta del MOP llegó el 24 de mayo y constó de copia del Protocolo de Acuerdo firmado (de 3 páginas) y una planilla de cálculo de la Dirección General de Aguas donde se singularizan todos los derechos de agua que están inscritos a la fecha a nombre de la Minera Candelaria. Al final de este post presentamos íntegra la copia del protocolo de acuerdo que nos enviaron (y donde se aprecia que  borraron una línea del acuerdo). A continuación reseñamos los aspectos principales del acuerdo firmado y en paréntesis hacemos comentarios sobre lo acordado en ese protocolo:

1.- CCM Candelaria pone a disposición de la persona jurídica que el MOP determine (algo no definido aún), para ser aprovechados por los habitantes del valle de la cuenca del Río Copiapó, derechos de agua por un total de 103 litros/segundo. El acuerdo es por dos años renovable y en forma gratuita (no dice desde cuando rige el acuerdo, ni bajo qué condiciones no se renovaría, ni cómo se debe medir el consumo de esos derechos, ni qué inversiones se requerirá desarrollar para aprovecharlos ni quién debe asumir esos costos, entre tantas otras consideraciones).

2.- Los derechos de agua que pone a disposición son:
a) Derechos por 73 litros/segundo que se captan en 3 pozos sin bomba ni energía en el Sector Cinco del Río Copiapó.
b) derechos por 30 litros/segundo que se captan en el Sector Cuatro.

3.- El MOP realizará las acciones necesarias para determinar la entidad que, de conformidad a la ley, puede recibir y administrar el uso de los derechos de agua señalados (no establece plazo para esta acción, ni los trámites que se deben realizar para ese efecto). La entidad que se determine deberá tomar las medidas para que los derechos de agua se destinen al abastecimiento de agua de las ciudades señaladas (Cuáles ciudades? en el protocolo no se mencionan, qué medidas específicas se considera a la fecha?, esas medidas involucrarán costo? Quién financiará esos costos? Cuánto se le cobrará a la población por ese servicio? Habrá un margen para Aguas Chañar si ella termina siendo administre esos derechos de agua? No olvidemos que el agua debe ser tratada para su consumo humano).

4.- En el instrumento donde se concrete jurídicamente el ofrecimiento (queda claro que el protocolo suscrito no es ese instrumento y que faltan trámites posteriores para que se concrete el uso de los derechos de agua), deberá quedar claramente establecida la entidad que recibirá y administrará los derechos de agua, y la oportunidad de entrega de agua, debiendo considerar el contrato de suministro con la empresa sanitaria del Sector, debiendo considerar además las necesidades de agua de CCM Candelaria para el mantenimiento de su Planta de desalinizadora (es decir se requiere suscribir múltiples contratos y condiciones para que opere el acuerdo y que garantice que el uso. Se debe regular la forma en que bajará el uso cuándo CCM Candelaria deba usar esos derechos, entre otros aspectos por ejemplo de quién serán los derechos del agua una vez usada y tratada).

5.- Dadas las obligaciones que asumió CCM Candelaria en la RCA del ducto con que opera en el Sector Cinco, deberá hacer consultas al Sistema de Evaluación Ambiental de forma previa al uso de los derechos (mas adelante nos referiremos a este ducto).

Como observamos, el acuerdo suscrito por Golborne no asegura la resolución de los problemas de modo inmediato, y quedan muchas definiciones pendientes, y sobre todo tramitaciones diversas. Al parecer el Ministro prefirió hacer el anuncio antes que tener la solución concreta resuelta. Para que el agua fluya por las cañerías hasta las llaves y pueda ser bebida falta tiempo.

Pero aún hay más, así que no se desanime y siga leyendo.

Consideraciones de CCM Candelaria

Compañía Contractual Minera Candelaria es una empresa Minera de propiedad de Freeport-McMoRan Copper & Gold Inc., una de las compañías más grande del mundo (según QuepasaMinería en 2011 obtuvo utilidades en todo el mundo por US$4.600.000.000). CCM Candelaria se emplaza en la Región de Atacama y es una de las Mineras más grandes de Chile. Freeport-McMoRan Copper & Gold Inc posee en Chile además la Minera Ojos del Salado en la misma región y El Abra (donde comparte propiedad con Codelco en la Región de Antofagasta.

La pregunta que surge con la entrega de los derechos de agua es ¿Por qué?.

Vamos por parte.

CCM Candelaria posee muchos mas derechos de agua que los que utiliza. En efecto, según el informe de marzo de 2008 del MOP titulado “Derechos, Extracciones y Tasas Unitarias de Consumo de Agua del Sector Minero Regiones Centro-Norte de Chile” (ver en link página 13) CCM Candelaria posee derechos de agua por 1007 litros/segundo y utiliza solo 239. Este superávit no es tan marcado en el caso de Minera Ojos del Salado donde posee derechos por 70 pero requiere 89. Así CCM Candelaria es quién más derechos de agua tiene en la región de Atacama, como se muestra en la siguiente imagen que corresponde a la página 13 del informe precitado:




El exceso en derechos de agua se explica según el mismo informe por la necesidad de las Mineras de tener seguridad en el suministro ante variaciones de la demanda, y por sobre todo por posibles futuras ampliaciones.

Esto se ratifica en esta presentación de Cochilco al MOP en el año 2008, la que fue realizada en el marco de un proceso que pretendía desarrollar plantas desalinizadoras bajo el sistema de concesiones (ver presentación en link). La siguiente imagen muestra una lámina de esa presentación donde se ratifican estos datos:




Por otro lado CCM Candelaria es reconocida como una de las empresas más eficientes en el manejo del agua en Chile. El informe de Cochilco denominado “Buenas prácticas y uso eficiente de agua en la Industria Minera” de 2008 destacaba el caso de Candelaria como el más eficiente en Chile (ver estudio en link). En las páginas 34 y 35 del informe se lee:

“La faena reutiliza el recurso hídrico con un sistema que permite obtener un reciclaje de agua de alrededor del 87% del consumo total de agua. Un 57% corresponde al agua recirculada de los espesadores de concentrados de cobre y del espesador de relaves. Un 30 % es recuperado de los tranques de relaves, por lo que el agua fresca que ingresa al sistema representa el 13% del consumo total de agua. De hecho, de los 750 litros por segundo que Candelaria tiene por concepto de derechos de agua usan sólo alrededor de 280 l/s.

Ello permite un menor consumo de agua proveniente del Valle Copiapó, uno de los sectores más afectados por la disminución de los niveles de agua subterránea.”

En el mismo informe se lee que el consumo de agua de Candelaría fue de 0,36 metros cúbicos de agua por cada tonelada seca de mineral y el promedio de la industria en Chile es de 0,70.

Entonces, agua les sobraría, o al menos derechos de agua. Naturalmente también les sobrarían los deseos de aumentar la producción. Pero no solo eso, debido a la frágil situación del valle de Copiapó, la disponibilidad del agua en el mediano y largo plazo no está asegurada, y la posibilidad de  conflictos sociales producto de ello es muy alta, algo que ninguna firma de carácter global estaría dispuesta a enfrentar. De hecho el Informe de sustentabilidad 2010 del controlador de Candelaria, Freeport-McMoRan Copper & Gold Inc., señala en su página 34:  

“Basándose en la situación actual de la cuenca del Río Copiapó y su influencia en el desarrollo socioeconómico de la región, la mejor alternativa a largo plazo es añadir voluntariamente una nueva fuente de abastecimiento de agua adquirida a partir de una planta desalinizadora de agua de mar en la costa de Chile.”

Y así fue como CCM Candelaria desarrolló un proyecto de Planta desalinizadora que presentó al Sistema de Evaluación Ambiental en julio de 2010 (ver el expediente de evaluación en link), cuyos estudios se iniciaron en 2009 (como da cuenta el informe del controlador que se puede ver en link). 

El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) da cuenta que el proyecto considera una Planta para el tratamiento de agua de mar con una capacidad de 300 litros/segundo al lado del Puerto Punta Padrones, de su propiedad. Considera también un acueducto de 500 litros/segundo de capacidad y de aproximadamente 80 km de extensión, que conectará la Planta desalinizadora con la piscina de almacenamiento en el sector Bodega y donde conectará con su actual acueducto (desde donde bombean agua de sus pozos actualmente). Además el proyecto considera la construcción de una Línea Eléctrica de 110 kV de aproximadamente 100 km de extensión, considerando además la construcción de una subestación y una Línea de 23 kV hacia el sector Bodega. La inversión total se estima en US$ 270.000.000 y tiene un plazo de 24 meses según el EIA.

En este punto es necesario detenerse y hacer presente que una planta de este tipo requiere mucha energía eléctrica para operar (ver link a nota de prensa). Por otro lado, un EIA es necesario por los efectos en la flora y fauna marina al aumentar la concentración de sal, además el ducto y la línea eléctrica pueden afectar sitios arqueológicos o patrimoniales.

El EIA obtuvo su aprobación el 24 de junio de 2011, tras un largo período de evaluación que incluyó 2 adendas (que son los informes de corrección del EIA tras observaciones de servicios evaluadores), eso pese a que el Gobierno de Piñera ha buscado reducir los tiempos de tramitación.

En el Estudio de Impacto Ambiental se lee (ver por ejemplo el Resumen Ejecutivo del Informe página 2 en link):

“En la medida que CCMC incorpore agua procedente de la Planta Desalinizadora a su proceso, habrá una disminución en la misma cantidad de la extracción de agua de sus pozos, ubicados en el Sector 4 de la cuenca del Río Copiapó. Al respecto cabe señalar que el agua de los pozos aún se utilizará en caso de emergencias (como maremotos, terremotos, o similares eventos de la naturaleza), contingencias operacionales y durante las mantenciones requeridas por el sistema de producción y conducción de agua desalinizada.”

Es decir, es parte de los beneficios que siempre consideró el Proyecto el sustituir la utilización del agua desde el  Sector 4 , y en tanto forma parte del EIA corresponde a un compromiso y una obligación de la Empresa el no usar esa fuente. En el caso del Sector 5 corresponde al sector desde donde actualmente se bombea al acueducto que lleva agua a la faena minera, y donde llegaría el agua de la Planta desalinizadora, y por lo tanto es la fuente que se sustituirá con dicha planta.

Pero hay más. Con motivo de la Declaración de Impacto Ambiental que presentó Candelaria en enero de 2008 para la construcción de un acueducto de 500 litros/segundo para la faena (ver expediente en link) se justificó dicha construcción según lo siguiente que se extrae desde el mismo estudio (ver en link página 5):



"Actualmente, CCMC suministra agua fresca a su proceso productivo a razón de 0,35 m3/TMS.

Esta agua es extraída de 3 pozos en Tierra  Amarilla y 2 en Paipote, todos ubicados en el Sector 4 del Acuífero del Valle del Río Copiapó, en donde la compañía posee derechos de agua otorgados anteriormente por la DGA. Debido a la preocupación de la compañía por optimizar los recursos y cumplir con su Política Ambiental y Principios de Desarrollo Sustentable, es que hace algunos años se iniciaron algunos estudios de análisis de la situación del acuífero tanto en el mencionado Sector 4, como en otros sectores (Sector 5 y 6), a fin de estudiar la sustentabilidad de largo plazo del sistema acuífero. Producto de estos análisis, realizados por expertos nacionales y extranjeros, se llegó a la conclusión que un menor impacto al acuífero se produciría si parte de la extracción de CCMC se llevara a cabo desde los sectores 5 y 6, a pesar de que ello significaría un mayor costo. Lo anterior liberaría el equivalente de litros por segundo de extracción del  sector 4, el cual es uno de los más afectados por la depresión del nivel del acuífero observada a lo largo del Valle del Río Copiapó, tanto aguas arriba como aguas abajo del sector de emplazamiento de las instalaciones de CCMC.”

Es decir, ya en 2008 Candelaria había comprometido dejar de usar  agua del Sector 4 y para usar agua del Sector 5 y 6, y ahora con la Planta desalinizadora que producirá 300 litros/segundos, permite liberar 73 litros/segundo desde el Sector 5 que son cada vez menos seguros de obtener dada la situación del acuífero. En la DIA del 2008 se lee que si bien el acueducto se construía para 500 litros/segundo, en una primera etapa solo se bombearían 150 litros/segundos, lo que ratifica que ya en 2008 Candelaria pensaba dejar de usar los derechos del Sector 5.

¿Cuánto cuestan los derechos de Agua?

Es difícil saberlo, posiblemente mucho dada la situación de precariedad del Valle del Río Copiapó. Sin embargo, existe un antecedente relevante que se dio a conocer con motivo del nombramiento del nuevo Intendente de Atacama, el habría vendido en 4 millones de dólares derechos de agua que obtuvo gratuitamente del Fisco equivalentes a 100 litros/segundo el año 2009 (ver nota de CiperChile en link). 

Para poner en perspectiva qué significa US$ 4 millones para  Freeport-McMoRan Copper & Gold Inc. presentamos el siguiente cuadro que aparece en el Informe de sustentabilidad 2010 muestra que equivale a menos del 1% de la contribución de la firma a Chile por conceptos de impuestos, impuestos de sus trabajadores, etc, considerando El Abra, Candelaria y Ojos del Salado (Para comparar en Perú e Indonesia tiene una sola compañia minera):



Ahora bien, si queremos comparar con los ingresos de Candelaria, en el siguiente cuadro se presentan sus ingresos 2010 año en el que alcanzaron los US$ 1.434.000.000 (4 millones equivalen a 0,28%).


Y si queremos comprar con las utilidades, en el siguiente cuadro se presentan las alcanzadas en 2010, donde se muestra que las utilidades de CCM Candelaria totalizaron US$542.000.000 (4 millones equivalen a 0,7%):


Los 2 últimos cuadros son extraidos del Informe Financiero de la Minería Nº13 del Centro de Estudios del Cobre y la Mineria (ver en link)

¿Qué gana Candelaria con el gesto a Golborne?

CCM Candelaria es uno de los activos que Freeport-McMoRan Copper & Gold Inc., tiene en Chile. Como vimos los derechos de agua que posee tanto en el Sector 4 como en el Sector 5 los iba a dejar de usar con o sin acuerdo con Golborne. 


Para los planes de desarrollo de Freeport-McMoRan Copper & Gold Inc. es siempre importante estar bien relacionado con la comunidad, sobre todo de cara a futuras participaciones ciudadanas en el marco de procesos de Calificación Ambiental. CCM Candelaria, según un reportaje de CiperChile (ver link),  estuvo envuelta en un lío que costó la salida del Director Regional de la Conama en 2009 todo en el marco de un litigio por derechos de agua cuando pretendía sustituir el uso del agua del Sector 4 por una planta que usara agua tratada de Aguas Chañar (la empresa sanitaria del lugar).

Entonces en términos de imagen corporativa Freeport-McMoRan Copper & Gold Inc., y CCM Candelaria, tiene mucho que ganar al formalizar por la prensa algo que de todos modos haría igual, ganando además que el MOP se involucre con su Ministro precandidato lo que da mayor visibilidad al asunto, sobre todo considerando que se espera que la Planta entre en operación octubre de este año (ver nota de prensa en Link donde un Vicepresidente de la compañía señala esa fecha) algo que requiere mucha "buena voluntad" en la fiscalización y autorizaciones de todo tipo.

Por otro lado, desconocemos si existen litigios por derechos de agua entre Candelaria, El Abra u Ojos del Salado y la DGA, pero lo que si es llamativo es que no se aprecia ninguna fiscalización reportada en el sitio de SEA para el proyecto de la Planta, la línea eléctrica y su acueducto (ver expediente de la planta en link y comprar con DIA del acueducto del 2008 en este link donde se aprecian las fiscalizaciones de que fue objeto ese acueducto).

En resumen, Candelaria siempre iba a dejar de usar los derechos de agua en cuestión, algo que era un hecho de conocimiento público, pero del que Golborne supo sacar provecho al vestirlo de gran logro suyo, algo que solo creíamos que Piñera podía hacer y que pone al precandidato de la UDI a la par del Presidente.



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